Misa en la que se promulgó el decreto de aprobación de nuevas constituciones.

Misa en la que se promulgó el decreto de aprobación de nuevas constituciones.

El pasado 31 de julio, fiesta de San Ignacio de Loyola, han entrado en vigor las nuevas Constituciones de los Siervos de Jesús. Son el fruto de un proceso de varios años, que culminó con el visto bueno de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, mediante decreto del 1º de noviembre de 2018, y con la aprobación y promulgación pública por parte de Mons. José Víctor Sánchez Espinosa, Arzobispo de Puebla de los Ángeles, dentro de la celebración de una Misa de acción de gracias en la Catedral de esa ciudad.

 

La principal novedad: Instituto Religioso

La principal novedad del nuevo texto legislativo es que los Siervos de Jesús pasan a ser Instituto Religioso. En efecto, en la vida de la Iglesia se consagran objetos al culto de Dios, dejando de tener ya un uso profano; por ejemplo, el templo, el altar, etc. Pero también las personas por el bautismo somos consagrados; morimos a nosotros mismos y pasamos a pertenecer a Cristo, somos hechos templo del Espíritu Santo y constituidos hijos del Padre. Además, algunos se consagran, de maneras distintas, al Corazón de Jesús o a la Virgen María; cualquier consagración de este tipo recuerda también la del bautismo y remite a ella.

Pues bien, la consagración en la vida religiosa, que como tal no es un sacramento, consiste en la dedicación de la propia persona al seguimiento de Cristo según su forma de vivir en pobreza, virginidad y obediencia. Así, por un lado, igualmente recuerda y remite a la consagración bautismal; pero por otro, añade –como respuesta a una específica llamada de Dios– una expresión personal del espíritu con el que se quiere vivir el don del bautismo: con votos religiosos de pobreza, virginidad y obediencia. Votos que son siempre don gratuito de Dios para quienes él quiere consagrar para sí.

Con otras palabras, los Siervos de Jesús queremos vivir como forma de vida –asumida en la gracia de profesar los votos– la entrega de Cristo al Padre y el seguimiento de los discípulos a Jesucristo. Las Constituciones recogen en normas concretas el espíritu del fundador y el espíritu de la misma consagración; de ambos vive y se nutre la vida religiosa. Entonces, espíritu y forma son necesarias, no basta el espíritu sin la forma ni la forma sin el espíritu.

 

La paternidad de San Ignacio en nuestras Constituciones

Las Constituciones de una orden suelen inspirarse en alguna de las grandes reglas de la tradición de la vida consagrada. En nuestro caso nos acogemos a la paternidad de San Ignacio de Loyola. De este modo reconocemos como un enorme regalo del cielo poder vivir, ya con regulación eclesial, la espiritualidad ignaciana.

Los Siervos de Jesús debemos observar las nuevas Constituciones encontrando en ellas el espíritu de la vida consagrada, que es más amplio que las propias Constituciones y que el mismo Instituto. El espíritu que nuestro fundador, P. José Pereda Crespo, nos propone vivir, acogiendo contemplativamente la amistad de Jesús, debe ser sostenido por el Espíritu Santo y por la ayuda de las normas de las Constituciones.

Os pedimos que participéis con nosotros de una sincera acción de gracias a Dios por este don y que nos acompañéis con vuestra oración y cercanía para que seamos fieles a Dios y a su Iglesia, dentro del espíritu que San Ignacio nos enseña en sus conocidas Reglas para sentir con la Iglesia.

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